Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/276671
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 96
PETROLEOS MEXICANOS. CASAS-HABITACION, NECESIDAD DE SOLICITARLAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 96
Si bien es cierto que la empresa de Petróleos Mexicanos, de acuerdo con la cláusula 165 del contrato colectivo que entró en vigor el treinta y uno de mayo de mil novecientos cincuenta y uno, tiene la obligación de proveer habitación en el lugar del trabajo, también lo es que para que cumpla con esa obligación, es necesario que lo solicite así el trabajador que ya tiene casa habitación en lugar distinto, porque la empresa no puede conocer de las necesidades y deseos del trabajador sin que éste se los manifieste.
Precedentes
Amparo directo 4637/57. Mariano González Hernández. 10 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gilberto Valenzuela. Ponente: Rafael Matos Escobedo.