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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 104
PRESCRIPCION, INTERRUPCION DE LA, POR PRESENTACION DE DEMANDA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 104
Como la prescripción de las acciones se interrumpe por la sola presentación de la demanda, aunque esto se haga ante autoridad incompetente o se declaren nulas las actuaciones, por ser un acto demostrativo del interés del actor en el ejercicio de su acción, debe estimarse que por el solo hecho de la presentación de su demanda quedó interrumpida la prescripción.
Precedentes
Amparo directo 6248/58. Isidoro Maceda Salinas. 10 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.