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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 24
CONFIANZA, PERDIDA DE LA, POR FALTA DE PROBIDAD.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 24
Si el actor, poco después de abandonar su trabajo estuvo participando en un festival que se llevaba al cabo sin que hubiese comprobado que el abandono del trabajo se hubiera debido a enfermedad, en cuyo caso su participación en el festival hubiese sido imposible, tal como había sido que siguiera desempeñando sus servicios, es evidente que su actitud careció de probidad y ameritó la pérdida de la confianza que en él tenía depositada la empresa, dado su carácter de empleado de confianza, o sea mayordomo, pues ninguna confianza merece un representante que sin justificación alguna abandona el centro de trabajo que le es confiado, siendo esta causa, suficiente para la rescisión del contrato de trabajo; y se contempla una situación completamente diferente a la causal que se funda en más de tres faltas de asistencia al trabajo.
Precedentes
Amparo directo 5472/58. Carlos Lara Ramírez. 13 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.