Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/276747
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 183
MINAS, ENFERMEDADES PROFESIONALES EN LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 183
Toda persona que labora en el ambiente de una mina, ya sea en el interior de la misma o en la superficie, está expuesta a la absorción de polvos de sílice y a contraer, por tanto, la enfermedad profesional de los trabajadores mineros.
Precedentes
Amparo directo 2252/56. Compañía Real del Monte y Pachuca. 20 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.