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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276754
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 201
PRUEBAS, PRINCIPIOS PROCESALES DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 201
Si el quejoso pretende que la afirmación de un hecho impone a quien lo hizo la carga de la prueba, sin limitación de tiempo y en una forma absoluta, ello es contrario a los principios procesales, porque, la prueba del hecho debe constreñirse a la de sus propios elementos, y no a otros ajenos al mismo.
Precedentes
Amparo directo 5264/57. José María Valdivia Bernal. 5 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.