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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276773
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 232
TESTIGOS DE OIDAS, VALOR DEL DICHO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 232
Si el testigo manifestó que no estuvo dentro de la fábrica, ni pudo presenciar si el actor trabajaba o no, y que sabía que el actor trabajaba en la fábrica porque el propio actor se lo dijo, siendo ésta la razón de su dicho, es evidente que no puede formar convicción suficiente para que se tuviera como demostrada la prestación de servicios.
Precedentes
Amparo directo 1474/58. Moisés Espinosa Sánchez. 30 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.