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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276775
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 232
TRABAJADORES DE CONFIANZA, ABANDONO DEL TRABAJO POR LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 232
Si bien es cierto que el abandono del trabajo, efectuado por un trabajador ordinario, debe requerir para ser causa de rescisión de su contrato que se demuestren las condiciones lesivas para el patrón, en caso de un trabajador de confianza, que por la naturaleza de sus servicios representa al patrón, no es necesaria la demostración de tal condición.
Precedentes
Amparo directo 5472/58. Carlos Lara Ramírez. 13 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.