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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 236
TRABAJO. PERMISO PARA FALTAR, CARGA DE LA PRUEBA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 236
Es al actor a quien toca demostrar que ha obtenido permiso del patrón para faltar a sus labores, y en tal caso, no tiene importancia el que los testigos del demandado no pudieran afirmar a qué se debió la ausencia del trabajador, lo que por otro lado es explicable, porque si el patrón no sabía a que se debían las faltas de asistencia, tampoco los testigos iban a saberlo.
Precedentes
Amparo directo 1485/57. Antonio Velázquez. 4 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.