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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 236
TRABAJO, DESPIDO JUSTIFICADO DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Quinta Parte; Pág. 236
Si al trabajador se le impuso como sanción, un día de castigo, por no atender debidamente su trabajo, y no se presentó al día siguiente, sino que siguió faltando, es evidente la legitimación del despido sin responsabilidad patronal; de donde resulta improcedente la acción de reinstalación y pago de salarios caídos.
Precedentes
Amparo directo 4520/58. Mario Contreras Salazar. 6 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.