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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276791
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 33
CONTRATO DE TRABAJO. ACTIVIDADES SUBORDINADAS ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO DE COMISION MERCANTIL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 33
La subordinación de las actividades establecidas en el contrato de comisión mercantil, no puede ser admitida como la que caracteriza a los contratos de trabajo, puesto que la misma se encuentra establecida para los comisionistas por el artículo 286 del Código de Comercio.
Precedentes
Amparo directo 3464/55. Mauricio Ullmann. 2 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.