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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276792
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 50
CONTRATO DE TRABAJO, CARACTER DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 50
Con arreglo al artículo 17 de la ley de la materia, el contrato de trabajo tiene características propias que a la vez que lo individualizan lo distinguen de los contratos de derecho civil; éstas características se reducen a tres; obligación por parte del trabajador, de prestar un servicio, empleando su fuerza física o intelectual. Obligación del patrono de pagar a aquél una retribución, y la relación de dirección y dependencia en que el trabajador se encuentra colocado frente al patrono. Ahora bien, si la empresa confesó que la calidad del trabajo desarrollado fue a destajo, labor que se caracteriza por tomar o dar una obra determinada ajustada en cierta cantidad, es inconcuso que la relación laboral entre actor y demandada es manifiesta, por estar acreditadas con ello las características de que se ha hecho mérito.
Precedentes
Amparo directo 2668/58. Isaías Ramírez Ibarra. 13 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.