Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/276795
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276795
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 51
CONTRATO DE TRABAJO, INEXISTENCIA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 51
Si los testigos declararon que el actor era agente de ventas de la empresa y que fue despedido de su trabajo, estos testimonios son insuficientes para demostrar la calidad de la contratación existente entre las partes, pues la sola denominación de agente de ventas no implica necesariamente la existencia de un contrato de trabajo, pues se ha venido repitiendo que ésta categoría jurídica sólo debe admitirse acreditando los elementos constitutivos de esa figura contractual y la afirmación respecto al despido sólo puede significar que presenciaron la rescisión de un contrato, pero no la calidad y naturaleza de éste.
Precedentes
Amparo directo 3463/55. Mauricio Ullmann. 2 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.