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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276810
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 70
DESPIDO DEL TRABAJADOR, CARGA DE LA PRUEBA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 70
Si el patrón se excepciona aduciendo que no despidió al trabajador sino que éste abandonó el trabajo, toca a aquél la prueba de su afirmación, pero en diversos casos se ha considerado que si el patrón demandado al que se le atribuye el despido, niega haber despedido al trabajador e incluso le ofrece recibirlo para que preste sus servicios nuevamente, no es a él a quien corresponde demostrar el hecho negativo de no haberlo despedido, lo que casi siempre es imposible, sino que toca al actor, si se rehusa a volver al trabajo, acreditar que ciertamente fue separado de él.
Precedentes
Amparo directo 7954/57. Francisco Segundo López. 20 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.