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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 163
TRABAJADORES ACTORES, DEBEN ACREDITAR LAS CONDICIONES DEL CONTRATO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Quinta Parte; Pág. 163
Para la procedencia de la indemnización constitucional por despido injustificado, al actor corresponde acreditar todas las condiciones del trabajo contratado, entre las que se encuentra la calidad o categoría con que efectuaba sus labores, pues son principios elementales de derecho procesal, sancionados por la legislación y la doctrina, que las partes tienen la obligación de acreditar los elementos constitutivos de las acciones o de las excepciones que hacen valer respectivamente.
Precedentes
Amparo directo 5169/58. Francisco Vera Flores. 13 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.