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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276916
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Quinta Parte; Pág. 84
LAUDOS INCONGRUENTES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Quinta Parte; Pág. 84
Existe violación al artículo 550 de la ley laboral, al no tomar en cuenta y otorgarle el valor probatorio que le pueda corresponder, al certificado médico suscrito por un doctor. Consecuentemente procede que se repare este agravio debiendo concederse el amparo solicitado para el efecto de que se dicte nuevo laudo, en el cual se estudie y valore debidamente el certificado médico.
Precedentes
Amparo directo 3535/58. María Guadalupe Yáñez. 15 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.