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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276924
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Quinta Parte; Pág. 89
PROMOCIONES. OMISION DE PRECEPTOS LEGALES QUE LAS APOYEN. CONSECUENCIAS DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Quinta Parte; Pág. 89
Si la empresa no indicó en su contestación cuáles fueron los preceptos contractuales o legales en que se apoyó para destituir al ahora quejoso, es un aspecto que carece de relevancia, porque es bien sabido que a las autoridades juzgadoras debe exponérseles los hechos quedando al cuidado de ellas establecer las consecuencias jurídicas que los mismos causan, es decir, a dichas autoridades corresponde establecer el derecho.
Precedentes
Amparo directo 6566/57. Marcos Torres Fernández. 29 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.