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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276946
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Quinta Parte; Pág. 108
SINDICATOS, ASAMBLEAS DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Quinta Parte; Pág. 108
Presuntivamente todos aquellos que concurren a una asamblea sindical son miembros de la misma, y si votan es porque tienen derecho a hacerlo, siendo necesario demostrar lo contrario y no habiéndose hecho, sólo puede considerarse que los votos fueron emitidos por miembros de la unión con derecho a ello.
Precedentes
Amparo directo 499/58. Enrique Ríos Praget. 15 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.