Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/276947
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276947
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Quinta Parte; Pág. 109
SUSPENSION DEL TRABAJO. PENA DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Quinta Parte; Pág. 109
Acreditado con la confesión del trabajador, que no llevó al cabo los servicios que le correspondía realizar, es procedente la sanción de suspensión temporal de las labores, aplicada como pena por la empresa al trabajador, si en el contrato colectivo de trabajo se encuentra estipulada.
Precedentes
Amparo directo 302/58. Enrique Tinajero González. 7 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.