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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276951
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Quinta Parte; Pág. 112
TRABAJADORES DEL ESTADO. MEDIDAS DISCIPLINARIAS. OBJETO Y CONSECUENCIAS DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Quinta Parte; Pág. 112
La imposición de medidas disciplinarias tiende a procurar la enmienda de la conducta del trabajador para el desempeño satisfactorio de sus labores y a conservarle en su trabajo y en cambio, si esa finalidad no se consigue, la reiteración de esos hechos por parte del trabajador implica la falta de cumplimiento al contrato de trabajo en los términos del artículo 44, fracción V, inciso i), del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, establecida como causa para que el titular respectivo pueda solicitar y obtener la autorización para cesar al trabajador incumplido.
Precedentes
Amparo directo 6089/58. María Luisa López Ortega. 29 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.