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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276960
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVIII, Quinta Parte; Pág. 25
EXCEPCIONES, FALTA DE PRECISION DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVIII, Quinta Parte; Pág. 25
Es correcta la conclusión a que llega la autoridad laboral, al afirmar que la excepción no fue opuesta debidamente, puesto que no se precisaron los hechos atribuidos al trabajador, al haber esgrimido la empresa quejosa como causa de justificación del despido, el hecho de que el actor laboral haya causado dificultades en determinado departamento, por lo que tuvieron que paralizarse las labores en ese departamento, lo que ocasionó que el periódico que publica la demandada no haya podido enviarse a los suscriptores y a las agencias foráneas, sin que se expresara cuales fueron esas dificultades causadas por el trabajador.
Precedentes
Amparo directo 2024/58. Compañía Editorial Popular, S. A. 8 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mario G. Rebolledo F. Ponente: Gilberto Valenzuela.