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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276980
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVIII, Quinta Parte; Pág. 85
SALARIO, DESCUENTO DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVIII, Quinta Parte; Pág. 85
Si de la investigación no aparece que en un vehículo hayan existido depositados los objetos que se dicen extraviados y sobre todo, que los mismos tengan el valor que arbitrariamente les fijó la empresa, no son procedentes los descuentos de los salarios de los trabajadores, aun cuando estos últimos convienen en que tuvieron a su cuidado el "cabus" (vehículo) que contenía los objetos desaparecidos, por no estar demostrada la causa de la responsabilidad de los propios trabajadores.
Precedentes
Amparo directo 5656/57. Ramón Castillo Loredo y coagraviado. 3 de diciembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.