Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/276986
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276986
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 9
ABANDONO DE EMPLEO. CAMBIO DE LUGAR DE ADSCRIPCION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 9
Si por razones de un servicio público sólo se cambió de adscripción a un empleado, indicándole que iba a desempeñar en lugar distinto la comisión que le había sido asignada en su primitivo nombramiento, para lo cual están facultados los titulares de las dependencias burocráticas si la índole del empleo justifica tal medida, existe un positivo abandono de empleo si dentro del término que marquen los reglamentos o el que fijen sus superiores jerárquicos, el empleado no se presenta al desempeño de sus labores en su nueva oficina o no da aviso de las circunstancias que concurran para no cumplir con tal orden.
Precedentes
Amparo directo 4502/57. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 10 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Gilberto Valenzuela.