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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276999
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 46
CONTESTACION, FALTA DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 46
No hay violación alguna, si la autoridad laboral condena al demandado, en virtud de que éste no dio contestación a la demanda, y por ello se tuvieron como confesados los hechos de la misma, sin que hubiera prueba en contrario que viniera a destruir esa presunción legal.
Precedentes
Amparo directo 304/58. Luis Pimentel Valle. 28 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.