Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/277011
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277011
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 81
DEMANDA, FALTA DE CONTESTACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 81
Para destruir la presunción establecida por la no contestación de la demanda, es necesaria una prueba directa y no otra presunción como la que resulta de haber declarado confeso al actor por no concurrir a absolver posiciones.
Precedentes
Amparo directo 590/58. Miguel Vázquez. 28 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.