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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277021
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 98
DOCUMENTOS PRIVADOS, PRUEBA DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 98
Si una prueba documental ofrecida por el patrón demandado, consiste en una acta levantada por una persona dependiente del demandado, en cuyo levantamiento no intervino el trabajador ni firmó, aun cuando en ella se le mencionó y se le atribuyó haber hecho determinadas declaraciones, y dicho documento fue ratificado por el que lo formuló y por los testigos que declararon en el mismo, ante la autoridad laboral que conoció del juicio; el trabajador agraviado, tuvo oportunidad de interrogarlos en el juicio y si no lo hizo según se desprende de los autos tal omisión sólo a él perjudica.
Precedentes
Amparo directo 3103/58. Pascual Zárate Avila. 14 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.