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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277049
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 152
PRESCRIPCION, EXCEPCION DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Quinta Parte; Pág. 152
Aun cuando no haya estudiado la autoridad señalada como responsable la excepción de prescripción ni haya resuelto nada sobre la misma, tal circunstancia no puede estimarse como un agravio en perjuicio de la quejosa, porque en cualquier caso en el incidente de liquidación respectivo hubiera quedado purgado todo vicio a este respecto, atento el contenido de la reclamación por este concepto.
Precedentes
Amparo directo 6945/57. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Gilberto Valenzuela.