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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277093
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Quinta Parte; Pág. 9
ACCION, IDENTIFICACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Quinta Parte; Pág. 9
Para identificar la acción no basta enunciar lo que se pide, sino que es necesario que se precise el hecho jurídico que da vida al derecho que se hace valer, ya que el artículo 440 de la Ley Federal del Trabajo establece que en la demanda se precise lo que se pide y la causa jurídica que funda la petición.
Precedentes
Amparo directo 5196/56. María del Refugio Reynoso viuda de González. 9 de octubre de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.