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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277128
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Quinta Parte; Pág. 86
PRESCRIPCION. QUE DEBE ENTENDERSE POR EL TERMINO "UN MES" EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Quinta Parte; Pág. 86
El término de "un mes" de que habla el artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo, debe computarse como un periodo de treinta días.
Precedentes
Amparo directo 3568/58. Alfonso Acosta Cano. 22 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.