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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Quinta Parte; Pág. 99
RIESGOS PROFESIONALES. MONTO DE LA INDEMNIZACION POR.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Quinta Parte; Pág. 99
Cuando la actora, al demandar la indemnización que le corresponde por muerte del trabajador, señala un salario menor al tabulado, lo que se aclara mediante las pruebas adecuadas, la Junta debe tomar como base para determinar el monto de la indemnización este último salario.
Precedentes
Amparo directo 343/58. Ferrocarriles Nacionales de México. 23 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.