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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
277153
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 9

ACCIONES CONTRADICTORIAS, NO SE DESTRUYEN.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo directo 5931/57. Jesús Torres Granados. 29 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Arturo Martínez Adame. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen III, página 19. Amparo directo 7081/56. Luis Talamás. 19 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante. Nota: En el Volumen III, página 19, la tesis aparece bajo el rubro "ACCIONES Y EXCEPCIONES CONTRADICTORIAS. NO SE DESTRUYEN ENTRE SI.".
Registro digital (IUS): 277153