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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277155
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 35
ASCENSOS. PRINCIPIO DE LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PARA IMPUGNARLOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 35
No es la fecha de boletinación de la plaza ni la de solicitud de aplicación del actor la que determina la iniciación del plazo de la prescripción, sino de la violación por la empresa de las cláusulas contractuales, que según el actor le favorecen, lo que se determina por la fecha en que se le negó el derecho a aspirar a ella, y a falta de ésta, la fecha en que por actos evidentes la empresa confirió el puesto a un tercero.
Precedentes
Amparo directo 5738/56. José Beltrán Martínez. 11 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.