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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277160
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 52
CONFESION FICTA, EFICACIA PROBATORIA DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 52
La eficacia probatoria de la confesión ficta de la parte demandada, no se desvirtúa por el hecho de que al contestar la demanda haya negado los acontecimientos relatados en ésta, sino que se requiere una prueba directa que conste en los autos para que destruya la presunción que la ficción de la ley establece.
Precedentes
Amparo directo 4092/58. Alberto Juan Campos. 22 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.