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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277203
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 182
TACHAS, PROCEDENCIA DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 182
La tacha de los testigos sólo es procedente cuando se refieren a la persona del testigo o a sus relaciones con las partes y no cuando lo que se ataca son sus propias declaraciones, que deben ser valoradas por el juzgador al pronunciar resolución.
Precedentes
Amparo directo 7261/56. Rafaela Aviña Espinoza. 11 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.