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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277205
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 183
TESTIGOS COMPAÑEROS DEL TRABAJADOR, NO SON INHABILES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 183
El hecho de que en las cuestiones sometidas a su examen, los testigos sean los compañeros del trabajador litigante, no es circunstancia que, por sí misma, invalide sus declaraciones, puesto que, como lo ha reconocido en múltiples ejecutorias la Cuarta Sala de la Suprema Corte, son precisamente los trabajadores, por razón de su convivencia en el trabajo, quienes pueden percatarse normalmente de los hechos que sucedan con relación al mismo.
Precedentes
Amparo directo 1221/57. Leopoldo Sánchez Urrutia. 26 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.