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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 24
DESPIDO DEL TRABAJADOR. IMPUTABILIDAD DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 24
Sólo a la empresa demandada le es atribuible el despido, tanto más cuanto que, el sindicato no puede dar por terminados los contratos individuales de sus miembros y lo único que puede hacer en su caso, es aplicar la cláusula de exclusión, de manera que, toda terminación unilateral de un contrato de trabajo, sólo le puede ser imputable a la empresa.
Precedentes
Amparo directo 7786/57. José Martínez Zárate. 22 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.