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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277229
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 32
EMPLEO, RENUNCIA AL. NO PUEDE SER CONDICIONAL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 32
La fracción I del artículo 44 del Estatuto Jurídico en forma alguna dispone o acepta que la renuncia presentada al empleo quede sujeta a condición, por lo que si se justifica que el empleado renunció a su empleo debe estimarse que lo hizo en forma pura y simple.
Precedentes
Amparo directo 6320/57. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 20 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.