Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/277232
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277232
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 43
EXCEPCIONES DEL ACTOR OPUESTAS EN LA AUDIENCIA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 43
Siendo la audiencia de demanda y excepciones la diligencia en la cual se fijan todos los puntos cuestionados de acuerdo con el artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo, la parte actora válidamente está en aptitud de oponerse a las pretensiones de la demandada haciendo valer las defensas que estime procedentes contra las excepciones que se le opongan, por lo que la Junta al dictar su laudo tiene la obligación de ocuparse de las excepciones opuestas por el actor en la citada audiencia.
Precedentes
Amparo directo 3391/57. Víctor Laverde. 14 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.