Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/277243
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277243
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 98
JUICIO LABORAL DENUNCIADO A TERCEROS. COMPRENSION DEL LAUDO RELATIVO AL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 98
Si el juicio laboral se denuncia por la demandada a un tercero, se suspende el trámite para emparejar ambos juicios, se tiene por contestada la demanda en sentido afirmativo por lo que ve al tercero y en la audiencia de pruebas, por no haber comparecido ninguno de los demandados, se tiene por perdido el derecho para ofrecerlas, el laudo no debe concretarse a resolver la lite entre el actor y el primer demandado condenando únicamente a éste, sino que tiene que fallar tomando en consideración que en virtud de la denuncia del juicio y por la tramitación seguida, vino a tenerse al tercero con el carácter de codemandado y por ello el laudo debe resolver la lite en relación con ambos demandados.
Precedentes
Amparo directo 3722/56. Proveedora Agrícola, S. A. 22 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.