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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 129
PRUEBAS. INAPLICABILIDAD DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES EN MATERIA DE ESTIMACION DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 129
El hecho de que tratándose de la estimación de pruebas no pueda aplicarse supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles, no quita a éste ordenamiento su carácter de supletorio de la Ley Federal del Trabajo; pero debe entenderse que lo es para aquellos casos no previstos en esta última, pues en lo relativo a la materia de referencia, la facultad discrecional que otorga a las Juntas el artículo 550 de la mencionada Ley del Trabajo, sólo está limitada a la ineludible obligación de efectuar sus razonamientos desde un punto de vista lógico.
Precedentes
Amparo directo 4576/57. Federico Castro Martínez. 13 de agosto de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.