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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277263
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 143
SALARIOS CAIDOS. LOS AUMENTOS HABIDOS DURANTE LA TRAMITACION DEL CONFLICTO DEBEN ESTIMARSE COMPRENDIDOS EN LA DEMANDA DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 143
Si el trabajador demanda como salarios caídos aquellos que hubiese percibido, si no hubiere sido separado, en ellos quedan comprendidos los aumentos que se hubieren acordado para el puesto que ocupaba el trabajador, y que lógicamente debieron corresponderle de no estar separado del servicio.
Precedentes
Amparo directo 3987/57. Ferrocarriles Nacionales de México. 27 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.