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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277273
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 155
TRABAJADORES DEL ESTADO. ABANDONO DE EMPLEO POR LOS (MAESTROS).
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Quinta Parte; Pág. 155
Si un maestro de instrucción primaria que venía disfrutando de una licencia, al vencérsele ésta no se presentara al desempeño de sus labores, no puede decirse que haya abandonado el empleo, porque no se puede abandonar algo de lo cual no se está en posesión, pues si no se debatió en autos que el actor viniera disfrutando de una licencia, naturalmente no tenía grupo a su cargo y por lo mismo no puede haber abandono de labores.
Precedentes
Amparo directo 5772/57. Secretario de Educación Publica. 1o. de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen III, página 145, tesis de rubro "TRABAJADORES DEL ESTADO, SUPERNUMERARIOS.".
Volumen II, página 70, tesis de rubro "TRABAJADORES DEL ESTADO. ABANDONO DE EMPLEO POR LOS.".