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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277284
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Quinta Parte; Pág. 9
ABANDONO DE TRABAJO, EXCEPCION DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Quinta Parte; Pág. 9
La excepción del abandono de trabajo, si bien es cierto que no necesita una explicación especial para configurarla, tampoco es en sí misma un motivo legal de rescisión del contrato, sino que es la rescisión misma llevada a cabo por el trabajador, que va implícitamente en su ausencia de las labores con el ánimo de ya no regresar a ellas.
Precedentes
Amparo directo 5654/57. Rosario Martínez y otras. 23 de julio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.