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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277321
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Quinta Parte; Pág. 146
HORAS EXTRAORDINARIAS, PRUEBA DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Quinta Parte; Pág. 146
Cuando para acreditar las horas extras trabajadas el actor ofrece una diligencia de inspección en las tarjetas de tiempo de la demandada, el hecho de que ésta no haya exhibido la totalidad de las tarjetas de tiempo en que debía practicarse la inspección, sin exponer el motivo por el que no tenía en su poder la documentación dejada de exhibir, determina que deban tenerse por ciertos los hechos que el reclamante trató de acreditar con dichas probanzas, salvo prueba en contrario, de conformidad con el artículo 89 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en la especie.
Precedentes
Amparo directo 5782/56. Guillermo Castro Jiménez. 21 de julio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.