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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277345
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Quinta Parte; Pág. 225
TRABAJADORES DEL ESTADO, PAGO DE SALARIOS CAIDOS A LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Quinta Parte; Pág. 225
La relación laboral entre empleados públicos y los titulares de las diversas dependencias burocráticas, sólo se resuelve discrecionalmente por el Tribunal de Arbitraje, siendo ineficaz, por lo mismo, para ese efecto resolutorio del nexo laboral, la sola decisión unilateral por parte del titular, y, en tal virtud, es imputable a este último la falta de percepción de los salarios del trabajador de la fecha de la separación a la en que cause ejecutoria el laudo controvertido.
Precedentes
Amparo directo 1100/57. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 4 de julio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Angel González de la Vega.