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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277394
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 182
HORAS EXTRAORDINARIAS, PRUEBA DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 182
Si la demandada admite que entre la hora en que entraba a la que salía el trabajador, transcurría un tiempo mayor que el de la jornada ordinaria, debe tenerse por comprobado el trabajo extra, aun cuando aclare que el trabajador se ausentaba durante una hora en la mañana y otra a medio día para tomar alimentos, si no aporta, como le corresponde hacerlo, las pruebas de las interrupciones del trabajo, por los motivos que aduce.
Precedentes
Amparo directo 6625/57. Alvaro Viveros Avila. 12 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.