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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277404
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 196
LITIS, ALTERACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 196
Aunque el hecho principal de la controversia no haya versado sobre la competencia o incompetencia profesional de la actora, si en la contestación de la demanda se aduce como causal de la terminación del contrato de trabajo haber perdido la confianza al trabajador, por las faltas en el desempeño de sus labores que ocasionaron perjuicios materiales y morales, y como por hablarse de falta de preparación, bien puede entenderse como que carecía de los conocimientos científicos necesarios, no puede estimarse como ajeno a los hechos que la actora trató de demostrar, el de su preparación y competencia, porque esto forma parte de su defensa frente a las imputaciones de la parte patronal, por lo que el laudo que se ocupa de esta cuestión no incurre en alteración de la lite.
Precedentes
Amparo directo 2827/56. Ferrocarriles Nacionales de México. 13 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Arturo Martínez Adame.