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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277409
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 204
PATRONES, QUIENES TIENEN TAL CARACTER EN LOS TRABAJOS LLEVADOS AL CABO MEDIANTE EMPRESAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 204
El propietario de una obra para cuya construcciones contrata los servicios de una empresa, quien por su cuenta adquiere los elementos de trabajo y el personal necesario para llevar a cabo la construcción, es ajeno a la relación contractual de trabajo entre la mencionada empresa y los trabajadores, pues en tales condiciones se da el caso previsto por la parte final del artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo, según el cual deben ser considerados como patrones las empresas establecidas que contraten trabajo para ejecutarlos con elementos propios, por lo que los salarios que se adeuden a los trabajadores corren a cargo de la empresa que los contrató y no del propietario de la obra.
Precedentes
Amparo directo 5512/57. José Servín y coagraviados. 30 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Gilberto Valenzuela.