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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277412
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 214
PRESCRIPCION, OBLIGACION DEL ESTUDIO DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 214
Si el actor objeta que tal o cual excepción no se hizo valer en tiempo y forma, esto basta para que se entienda que alegó la objeción de prescripción de la excepción; por lo que la autoridad en tal caso, está obligada a entrar al estudio y análisis de tal excepción.
Precedentes
Amparo directo 3993/57. Rogelio Vargas. 25 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente y ausente: Luis Díaz Infante.