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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277430
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 236
SALARIOS PAGO DE. FALSEDAD DEL RECIBO QUE LO AMPARA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 236
Es inoperante la objeción de falsedad de un recibo que ampara el pago de salarios, si se reconoce la firma que lo calza y sólo se alega, sin demostrarlo, que se extendió en un papel firmado en blanco.
Precedentes
Amparo directo 7667/57. Domitilo Chupin. 18 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.