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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277436
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 245
TESTIGOS PERMISIONARIOS DE UNA EMPRESA DEMANDADA, VALOR PROBATORIO DE SU DICHO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 245
Si de los interrogatorios formulados por la oferente y de las declaraciones de los testigos aparece que éstos tienen el carácter de permisionarios de la propia empresa demandada que los presenta, no puede concederse eficacia probatoria a sus declaraciones, dado el interés de los testigos respecto de los hechos controvertidos por las partes.
Precedentes
Amparo directo 6625/57. Alvaro Viveros Avila. 12 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.